¿Ya sabes cuáles son los impuestos que pagan los influencers en Perú?
Crear contenido en internet, es una de las primeras actividades que puedes empezar al emprender online, sin necesidad de pagar impuestos, ni realizar inversión alguna, claro está según el tipo de contenido que desees crear.
Sin embargo, no todos los creadores de contenido lo haces sin pagar impuestos.
Este es el caso de los llamados «influencers»
Pero, si tú no eres influencer y más bien tienes una estrategia de comunicación en redes sociales con el fin de promover tus servicios, existen ciertas obligaciones que también te incumben y de eso hablamos hoy.
Pero antes vamos a ver cómo se consideran las actividades que realizan los influencers en la legislación peruana, para que puedan estar obligados a pagar impuestos, pese a que aún no hay normas que regulen puntualmente su actividad.
Dale play a vídeo
Como te has podido dar cuenta los Impuestos que pagan los influencers, no solo sí tienen obligaciones en el Perú, sino que ya se está trabajando en crear disposiciones legales que hagan que estas actividades generen más obligaciones en ellos.
Potenciales incumplimientos de Impuestos que pagan los influencers en Perú
Según la SUNAT entre las omisiones en las que podrían incurrir los «influencers» están los ingresos no declarados, gastos no relacionados con su actividad, no emisión de comprobantes de pago o emisión de comprobantes que no corresponden al tipo de operación que realizan, omisión a la presentación de declaraciones juradas, entre otros.
Aunque en el vídeo solo te he mencionado las obligaciones en el ámbito de protección de derechos del consumidor, también puedes ver que ellos se encuentran obligados a tributar como renta empresarial, esto quiere decir que ellos deben de pagar el 29,5% de los ingresos que perciben además del ITF (Impuesto a las Transacciones Financieras)
Además si las actividades son de empresas que se encuentran en el extranjero deben declarar y pagar renta de tercera categoría por fuente extranjera, gravable en el Perú.
Si promueves tus servicios digitalmente
Ahora si en tu caso eres como yo y promueves tus servicios a través de internet, pero te encuentras realizando actividades de asesoría e incluso ejecutas actividades para tus clientes, tales como: edición de vídeos, asesorías, creación de páginas de captura, etc.
O actividades relacionadas con las que ya te he mencionado, entonces ahora debes primero tener en cuenta que te encuentras exonerado del pago de IGV siempre y cuando estés en esta relación de actividades exoneradas del IGV en Perú
Sin embargo también te encuentras en la obligación pagar renta empresarial, según SUNAT y el Tribunal Fiscal estaríamos ante una operación gravada con el Impuesto a la Renta (IR) -como empresa (tercera categoría) y a la tasa del 29.5%-, debido a que según el Tribunal Fiscal las rentas establecidas en nuestra legislación se sustentan en la distinción básica entre rentas de capital, del trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores.
Así que, como puedes ver, no tienes pretextos para omitir tus obligaciones, ahora que sabes los impuestos que pagan los influencers.
Referencia:
Como ya te mencioné no hay normativa (ley) que regule este aspecto de los Impuestos que pagan los influencers, sin embargo si hay una RTF (Resolución del tribunal Fiscal) el ente máximo que vela por los derechos y obligaciones del contribuyente y que supervisa el proceder de las acciones de SUNAT.
Si quieres verla la tienes aquí
Bueno esto ha sido todo por hoy, te mando un fuerte abrazo y nos vemos en el próximo post. Por cierto me olvidaba, gracias por haberte paseado por aquí, me gustaría saber ¿Qué te pareció el post de hoy? cuéntame en los comentarios que estaré al pendiente de ellos para responderte.
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