El uso de la imagen al contratar con un colaborador para editar tus vídeos

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¿Contratar con un colaborador? Te has puesto pensar alguna vez ¿Que necesitas para que edite tus vídeos, que subes en internet y son parte de tu estrategia de marketing llega a publicar vídeos que nunca autorizaste? ¿Qué sucedería si en algún momento se termina ese vínculo?, ¿Cómo quedarían tus vídeos?, ¿Esa persona estaría en condiciones de publicar los vídeos que nunca autorizaste?

En este vídeo trataremos de responder una pregunta bastante interesante que me han hecho, y nos va a llevar a reflexionar la forma en la que contratamos con un colaborador.

Pues, el día de hoy te traigo la respuesta de una pregunta bastante interesante que me ha hecho una emprendedora digital respecto a la protección de tu imagen cuando contratas con colaboradores para que editen tus vídeos que son parte de tu marketing.

Por eso te invito a hacernos las preguntas que tú desees y que están paralizando tu emprendimiento digital o que te impidan proteger tu negocio, y así poderle darle respuesta en un vídeo. Deja aquí en la cajita de comentarios que nosotros le estaremos dando respuesta tan pronto como podamos. Y como siempre este post va acompañado de un vídeo que tenemos para ti y puedes verlo aquí, así que al terminar de leer el post puedes verlo. 

Además puedes ver este check list con las cláusulas imprescindibles que debes incluir en tu contrato.

Contratar con un colaborador

Vamos a leer la pregunta:

Al momento de contar con un colaborador frente a cámara, ¿Cómo es la forma más ética de redactar un contrato de prestación de servicios que incluya uso de imagen? ¿Qué otros puntos son buenos de incluir?

Gracias por tu pregunta es muy interesante y me encanta.

Toda persona tiene derecho a una buena imagen

Aquí hay algo que se debe de tener siempre en cuenta, que independientemente que el vídeo sea usado o no para su emprendimiento, toda persona tiene derecho a una buena imagen, es uno los derechos universales protegidos en la declaración Universal de los Derechos Humanos.

En este momento no sé de qué país será la emprendedora digital que nos ha hecho está pregunta, porque no me lo indica, pero debido que es un principio fundamental de la Declaración Universal de Los derechos Humanos, es obligatorio que este incluido en todas las legislaciones de todos los países.

Cuando tu contratas con un colaborador debes de tener en cuenta primero que si es de tu propio país, legalmente va a ser más fácil resolver si se presenta algún problema con el uso inadecuado de tus imágenes, pues la jurisdicción aplicable será la misma de tu país, ahora si el colaborador es de otro país, les asiste legislación diferente.

Es más fácil resolver problemas con colaboradores que vivan en tu propio país, para evitar las incompatibilidades normativas y lo trámites legales adicionales cuando se resulven causas de distintos

Colaboradores de otros países

En ese caso debe de primar el acuerdo «inter partes».

¿Qué es el acuerdo inter partes? Básicamente es cuando las partes se ponen de acuerdo en establecer las condiciones que van a aplicar. Hablando de contratos de colaboradores que se encuentran en otros países, lo que hoy comúnmente se le llama el asistente virtual, que son muy empleador en negocios digitales.

Ahora cuando estoy hablando de un colaborador que no se encuentra en tu país, que tiene otra legislación, es fundamental que establezcas las condiciones en la cual tú vas a ejercer tus derechos.

Por ejemplo, si eres una emprendedora de un país que pertenece a la Unión Europea, y tu colaborador es de Latinoamérica depende del acuerdo, inter partes, al que lleguen para elegir la jurisdicción que va a ser aplicable para resolver algún problema incluso post contrato.

¿Qué es el derecho a la imagen?

Ahora los derechos que te asisten a ti al momento de tú grabar un vídeo y enviárselo por la nube a tu colaborador es por ejemplo, de que esa persona difunda ese contenido que no deseas sea publicado, recordemos que el derecho a la imagen es el derecho que tienes tú como persona, de mostrar cierta personalidad como tú deseas ser percibido, es por lo tanto inherente a tu personalidad.

Un ejemplo es, si en tus vídeos existen los famosos bloopers, y no quieres que sean difundidos, estas en todo tu derecho, puedes poner en las cláusulas del contrato que aspecto fundamentales se deben considerar en ese vídeo.

Cláusulas esenciales

Con esto quiero decir que, en el contrato debes incluir el periodo en el cual dura el contrato, el estilo que debe de considerar en tus vídeos, que básicamente van a reflejar la personalidad de tu marca.

Y si haces uso de plantillas considerarlas como de uso obligatorio y especificar si no le autorizas que haga alguna innovación o modificación en esa estructura de tus videos y salvaguardar el derecho tanto tuyo como el de tu colaborador de dar término al contrato frente a incumplimiento.

Recordemos que cuando se habla de emprendimiento digital, no solo se va a hablar de la personalidad, que tú tienes como emprendedora o emprendedor, sino de la personalidad que tu marca expresa en todos esos videos que hacen parte de la imagen que quieres proyectar.

Una vez que tú has incluido las cláusulas de las plantillas para tu video, entonces también debes considerar en que momento puede terminar esa relación laboral, si por ejemplo es por algún tipo de causal, incumplimientos, etc.

Además si en tu país no hay una legislación laboral que te hable de los contratos remotos entre países, entonces tú debes de cubrir esa necesidad en tu contrato.

Al cubrir esa necesidad en tu contrato, yo sé que esto es un poquito complejo pero la pregunta, tiene muchas aristas, así que les pido un poquito de paciencia, estoy tratando de explicar de lo más simple posible.

Como te estaba diciendo, cuando en tu país no hay un contrato remoto, voy a entender que es así, no hay una legislación que hable de los contratos remotos entre países de tipo de relación laboral.

Entonces lo que debes hacer es cubrir esas deficiencias para que no te sorprenda alguna inconveniencia.

Por ejemplo, si en ese contrato dice, la persona está obligada a entregarte cierta cantidad de vídeos, posterior a tal fecha, de fecha a fecha según la cantidad de clips que tú le hayas entregado, todo eso debe de estar especificado.

Ahora, el uso de los recortes o los clips que no se han usado para versión final del vídeo que va a ser publicado. Debe de estar especificado en una cláusula que no pueden ser usados de ninguna forma. O situaciones específicas que tú detalles.

Y también en esta cláusula debes de incluir que pasa cuando termine esa relación contractual, por ejemplo digamos si ese contrato dura un año y después de un año decides que en tu marketing ya no quieres seguir incluyendo vídeos – por así decirlo – entonces que pasaría después de ese año.

¿Aquella persona podría publicar tus clips que no autorizaste nunca?, eso es lo que tú tienes que incluir en tu contrato, en este tipo de documentos par contratar con un colaborador. Y por último no puede faltar la cláusula de confidencialidad esto es muy importante para, proteger tu know how o la forma de hacer tu contenido, la cláusula de confidencialidad es innegociable.

En resumen

Bien, recapitulando debes incluir la cláusula de identificación de las partes, objeto de contrato, remuneración o contraprestaciones, inicio y término de la relación, objeto del contrato, el estilo a considerar en tus vídeos ante el posible uso de plantillas, confidencialidad.

Además, debes de incluir la cláusula de post finalización del contrato, obligaciones de las partes, causales de terminación del contrato, clausula de confidencialidad, jurisdicción aplicable.

Si quieres esta información siempre presente te invito a que descargues la infografía del checklist que he preparado para ti en este post. Bien, espero este vídeo se haya hecho ligerito de digerir. Y nuevamente te hago recordar que puedes suscribirte al canal habiendo clic en el botón rojo de la parte inferior y activar la campanita es completamente gratis, para que YouTube te avise cuando subimos vídeo. 

Bueno esto ha sido todo por hoy, te mando un fuerte abrazo y nos vemos en el próximo post. Por cierto me olvidaba, gracias por haberte paseado por aquí, me gustaría saber ¿Qué te pareció el post de hoy? cuéntame en los comentarios que estaré al pendiente de ellos para responderte.

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