Por descabellado que suene, es posible no pagar impuestos de manera legal, por lo que puedes evitarte problemas, infracciones y multas, teniendo en cuenta estos consejos para no pagar impuestos con tu negocio online.
No darte de alta ante SUNAT para no pagar impuestos es de los peores errores que puede cometer un emprendedor o un empresario, porque eso no va a evitar que tengan multas o que cometan infracciones.
No darte de alta ante SUNAT no te libera de pagar impuestos.
Una creencia popular, es que para no pagar impuestos, lo mejor es no darte de alta ante SUNAT. Sin embargo, este es bastante errado y puede traerte muchos más problemas que beneficios.
Si en algún momento deseas tener un trabajo, tener algún requisito, convocatoria o emprender, vas a necesitar darte de alta en el RUC. Eso afectará todas las operaciones anteriores que has hecho, porque SUNAT tendrá la posibilidad de detectar tu defraudación fiscal.
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Debes tener en cuenta que SUNAT está habilitado para vigilar tus actuaciones tributarias hasta cuatro años atrás del momento en el que te encuentres. Es decir, puede enviar notificaciones de requerimiento de información por los ejercicios anuales no declarados de hasta cuatro años atrás.
Si la deuda fiscal por los ejercicios anuales no declarados cae en cobranza coactiva, SUNAT tendrá la facultad de perseguir la deuda en tu patrimonio o en el patrimonio de tu negocio. Y únicamente cuando haya cobrado, tendrás el derecho de solicitarle a SUNAT que deje de cobrar.
Ahora, para que SUNAT realice un embargo de cuentas o de los bienes que tienes en tu patrimonio, o en el patrimonio de tu negocio, lo que tiene que haber pasado es que tiene que haberse iniciado un proceso de cobranza coactiva.
Cuando se inicia un proceso de cobranza coactiva, es probable que las notificaciones empiecen dentro del buzón electrónico, gracias a la clave sol.
Puede que pienses que si no tienes RUC, no tienes correo electrónico y por tanto SUNAT nunca te va a notificar. Pero si tienes desbalance patrimonial, tienes propiedades a tu nombre y realizas ciertas actividades, sí puedes tener la notificación por desbalance patrimonial al no tener clara tu actividad tributaria.
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Esto se debe a que SUNAT está facultado para hacer cruces de información con entidades públicas y privadas, lo que quiere decir que si como empresa realizas actividades financieras, y los movimientos bancarios están a nombre de esa empresa, SUNAT tiene a su disposición esa información.
Entonces, una vez que SUNAT tiene esa información, es probable que se te inicie un proceso por defraudación fiscal. Y nadie, nadie, quiere incurrir en un delito fiscal.
Puedes darte de alta en SUNAT y no pagar impuestos.
No pagar impuestos es un beneficio que no se da en todos los supuestos, ni en todos los tipos de renta. Sin embargo, cuando te das de alta en renta de cuarta, puedes solicitar que se te exonere de la retención.
Cuando se te exonera de esa retención, quiere decir que es porque estás facturando menos de la suma máxima establecida en la normativa peruana. Para la fecha actual, el monto establecido por SUNAT para la exoneración de la retención es de S/ 40.250.
cuando tú estás realizando declaraciones y por ejemplo si tu empresa está perdida lo más probable es que no tengas que pagar impuestos porque no hay beneficios a declarar un
Ahora bien, es cierto que puedes darte de alta en el sistema de SUNAT y solicitar la devolución de tus impuestos a través de un procedimiento de saldo a favor del exportador.
El procedimiento de saldo a favor del exportador está creado para beneficiar a quienes exportan al extranjero, ya sea productos o servicios. Así que si eres contribuyente y cumples con tus obligaciones fiscales, tienes este beneficio que dispone SUNAT. En ese sentido, puedes solicitar devoluciones de impuestos de manera periódica.
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Una recomendación es que, al momento de solicitar la devolución de impuestos, no dejes acumular los montos que vas a solicitar, con el fin de que no se convierta en una suma escandalosa a reembolsar.
Puedes ser sujeto de suspensión de retención de renta.
Por lo general, esto se da en un régimen de cuarta categoría e incluso cuando perteneces a un tipo de beneficios, es decir, a una zona especializada de desarrollo, donde uno de los beneficios tributarios es que no se realizan retenciones de renta.
Bueno esto ha sido todo por hoy, te mando un fuerte abrazo y nos vemos en el próximo post. Por cierto me olvidaba, gracias por haberte paseado por aquí, me gustaría saber ¿Qué te pareció el post de hoy? cuéntame en los comentarios que estaré al pendiente de ellos para responderte.
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