Cómo y cuándo fiscaliza SUNAT los negocios digitales

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Meliza Mogollón
Abogada tributarista espacializada en negocios digitales, con más de 12 años de experiencia, he ayudado a más de 187 empresas a recuperar y ahorrar sus impuestos
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¿Cómo y cuándo fiscaliza SUNAT a los negocios digites? Si has llegado aquí, es porque quieres evitar sorpresas si llegas a ser objeto de fiscalización de SUNAT.

Debes tener en cuenta que cuando SUNAT realiza una fiscalización, es porque selecciona personas de manera aleatoria, en su mayoría. Y suele creerse que si no se tiene RUC, no hay manera de que SUNAT realice una fiscalización.

No obstante, existen entidades que se dedican a prevenir el lavado de dinero. Y una vez que detectan un desbalance patrimonial, se hace la fiscalización. Un punto importante de esto, es que puede escalar del ámbito fiscal y extenderse hacia el área penal.

Entonces, no tener RUC no garantiza que no se produzca una fiscalización sobre tu negocio. De hecho, puede ser bastante contraproducente, porque aunque no tienes RUC, sigue existiendo un movimiento financiero dentro de las cuentas bancarias de tu negocio.

Eso implica que cuando finalmente tengas RUC, las alarmas de SUNAT van a dispararse de inmediato, por decirlo de alguna forma. Ahí es cuando podría llegar la notificación para requerimiento de información.

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Cómo y cuándo fiscaliza SUNAT

Inicio del procedimiento.

El procedimiento de fiscalización siempre comienza con un requerimiento de información es un documento mediante el cual SUNAT notifica, ya sea de manera física o mediante el buzón electrónico en el sistema de SUNAT, que requiere una serie de documentos que especificará dentro de la notificación.

Hay que recalcar que SUNAT tiene la facultad de realizar las fiscalizaciones y notificaciones, sobre una base presunta. Es decir, sobre la suposición de que hay ingresos no declarados.

Con esa notificaciones, SUNAT espera que se le explique el motivo por el que hay ingresos que no se han declarado y que se subsane el error.

Derecho a contradecir la notificación.

Una vez que la persona ha sido notificada, tiene el derecho de contradecir el contenido de la notificación de requerimiento de información. Sin embargo, no se cuenta con un plazo indeterminado, sino que debe hacerse dentro del tiempo establecido por la normativa tributaria.

Cuando llegue a ti una notificación de SUNAT, ya sea de requerimiento de información, de resolución de multa, de orden de pago, o cualquiera que sea, debes recurrir de inmediato a un asesor fiscal. De preferencia, un contador que tenga conocimiento de la normativa tributaria.

En caso de que no encuentres un contador que se especialice en materia tributaria, lo ideal es conseguir un abogado tributarista que pueda ayudarte a defenderte de esa notificación de SUNAT.

Conseguir un abogado que te asista te dará ventaja no sólo a la hora de defenderte, sino de presentar los documentos necesarios para demostrar a SUNAT que lo indicado en la notificación es erróneo o, en caso de que no lo sea, presentar todos los documentos, de manera que no tengas un problema grave.

Ahora, es de vital importancia que contestes o contradigas la notificación dentro del plazo correcto, debido a que si el plazo vence, vas a encontrarte en un estado de indefensión ante SUNAT. Por otro lado, vas a darle a SUNAT un motivo adicional para que amplíe el procedimiento de fiscalización.

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Tipos de fiscalizaciones.

En primer lugar, existe la fiscalización parcial, que tiene una duración de seis meses. Y la fiscalización total, que puede durar un año o más.

¿Cuándo se realizan las fiscalizaciones?

Existen tres momentos en los que se puede realizar una fiscalización. El primero, es aleatorio. Cada cierto tiempo, SUNAT envía notificaciones a los contribuyentes que hay que responder dentro del plazo establecido.

Si toda la información que requiera SUNAT está de acuerdo a lo que has cargado en el sistema, no habrá ningún problema. Ahora, si no contestas dentro del plazo, te vuelven a notificar y ya puede convertirse en una fiscalización parcial

La notificación parcial por no haber brindado los documentos solicitados, es el segundo supuesto en el que puede realizarse la fiscalización, pero no siempre es iniciado por el requerimiento de información.

SUNAT tiene la facultad de solicitar cruces de información. Es decir, SUNAT puede solicitarle información a un negocio determinado. Y si ese negocio tiene alguna relación con tu negocio, es muy probable que SUNAT haga una fiscalización sobre tu negocio por encontrarse vinculado de alguna manera.

El tercer supuesto, es cuando solicitas la devolución de impuestos, por ejemplo, una exoneración. Es por ello que debes tener tu contabilidad al día y libre de infracciones tributarias al momento de solicitar las devoluciones a las que tienes derecho.

Así que si tienes algún problema de contabilidad por no haberla ordenado a lo largo de los años que tiene tu negocio trabajando, es mejor que lo hagas de manera voluntaria, a que haya una detección de infracción tributaria por parte de SUNAT.

Cuando se hace de manera voluntaria, se puede acceder a ciertas ventajas tributarias. Asimismo, es recomendable que separes el patrimonio de tu negocio, de tu patrimonio personal, especialmente si ya estás validado como empresa y tienes un flujo de ingresos importante.

De esa manera, tú y tu negocio estarán más protegidos contra los movimientos bancarios que se puedan efectuar, de manera que no se mezclen y no exista ningún tipo de problema con SUNAT.

Por otro lado, se debe recordar que todo movimiento financiero que afecte la cuenta de la empresa, debe tener un respaldo legal que pueda justificarlo.

Ese documento no es únicamente un comprobante de pago, puede ser cualquier tipo de documento que tenga validez legal para comprobar una transacción.

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Carga de la prueba.

En el proceso de fiscalización, el contribuyente tiene la carga de la prueba. Es decir, tiene el deber de probar que lo contenido en la notificación o las razones por las que se inició la fiscalización, no son ciertas.

Es por eso que es tan importante tener documentos que sustenten todas los movimientos de entrada y salida de dinero de tu negocio.

Bueno esto ha sido todo por hoy, te mando un fuerte abrazo y nos vemos en el próximo post. Por cierto me olvidaba, gracias por haberte paseado por aquí, me gustaría saber ¿Qué te pareció el post de hoy? cuéntame en los comentarios que estaré al pendiente de ellos para responderte.

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¡Hola! Soy Meliza Mogollón

La abogada tributaria detrás de este blog desde 2018..

Creo que la prevención tributaria puede evitar que tu negocio fracase. Ese es mi propósito con este blog: empoderar a todo emprendedor digital que camina a ciegas en el ámbito tributario de su negocio.

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